domingo, 29 de julio de 2012

NORMA TÉCNICA NTC COLOMBIANA 1325


NORMA TÉCNICA NTC
COLOMBIANA 1325
2008-08-20
INDUSTRIAS ALIMENTARIAS.
PRODUCTOS CÁRNICOS PROCESADOS NO
ENLATADOS
E: FOOD INDUSTRIES. PROCESSED MEAT PRODUCTS NON
CANNED
CORRESPONDENCIA:
DESCRIPTORES: productos cárnicos; carnes frías;
productos de salsamentaria; charcutería;
chacinería; embutidos; productos a
base de carne; producto alimenticio.
I.C.S.: 67.120.10
Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC)
Apartado 14237 Bogotá, D.C. - Tel.: (571) 6078888 - Fax (571) 2221435
Prohibida su reproducción Quinta actualización
Editada 2008-09-03
PRÓLOGO
El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC, es el organismo
nacional de normalización, según el Decreto 2269 de 1993.
ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental
para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el
sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en
los mercados interno y externo.
La representación de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica
está garantizada por los Comités Técnicos y el período de Consulta Pública, este último
caracterizado por la participación del público en general.
La NTC 1325 (Quinta actualización) fue ratificada por el Consejo Directivo de 2008-08-20.
Esta norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en
todo momento a las necesidades y exigencias actuales.
A continuación se relacionan las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a
través de su participación en el Comité Técnico 44 Productos cárnicos.
ALIMENTOS CÁRNICOS S.A. -PLANTA SUIZOALIMENTOS
FRIKO S.A.
ALIMENTOS LA CALI S.A.
ASINAL LTDA.
ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE
PORCICULTORES -FONDO NACIONAL
DE LA PORCICULTURAAVIDESA
MAC POLLO
BGC ALIMENTOS ESPECIALES
BIOTRENDS LABORATORIO LTDA.
CARNES CASABLANCA S.A.
CARNES LOS SAUCES LTDA.
CARULLA VIVERO S.A. -CENTRAL DE CARNESCHR-
HANSEN COLOMBIA S.A.
COMESTIBLES DAN S.A.
CONEJOS COLOMBIA LTDA.
CONSEJO NACIONAL CADENA CÁRNICA
BOVINA
COOPERATIVA INTEGRAL DE POLLOS
VENCEDOR
DALBERT INTERNACIONAL PURAC
COLOMBIA
DINÁMICA CORPORATIVA
DOGGER S.A.
ECOLAB COLOMBIA S.A.
FÁBRICA DE ESPECIES Y PRODUCTOS
EL REY S.A.
FEDERACIÓN NACIONAL DE AVICULTORES
-FENAVIFEDERACIÓN
NACIONAL DE COMERCIANTES
-FENALCOFEDERACIÓN
NACIONAL DE GANADEROS
-FEDEGANFRIGORÍFICOS
COLOMBIANOS S.A.
FRIGORÍFICOS GUADALUPE S.A.
FRIGORÍFICOS LA PARISIENSE
FRIGORÍFICOS SAN MARTÍN DE PORRAS
LTDA.
FUNDACIÓN INTAL
FUNDACIÓN UNIVERSIDAD DE LA SABANA
GRIFFITH COLOMBIA S.A.
INDUNARDI S.A.
INDUSTRIA SALSAMENTARIA EL BOHEMIO
LTDA.
INDUSTRIAS ALIMENTICIAS MOSELA
INDUSTRIAS ALIMENTICIAS SALSAMENTARIA
SAN JUAN
INDUSTRIAS DE ALIMENTOS ZENÚ S.A.
INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO
-ICAINSTITUTO
COLOMBIANO DE BIENESTAR
FAMILIAR
IVONNE BERNIER LABORATORIO LTDA.
KOYOMAD PRODUCTOS CÁRNICOS S.A.
LABORATORIO ASBIOQUIM LTDA.
LABORATORIO BIOCONTROL LTDA.
NULAB LTDA.
PÍXEL GROUP & ASOCIADOS
POLLOS FIESTA S.A.
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
PORTLAND COMERCIAL
POZO ANTIGUO LTDA.
PROMOTORAS UNIDAS LTDA.
PURIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE FLUIDOS
LTDA.
QUIMOR S.A.
QUÍOS LTDA.
SALSAMENTARIA INDUCOLCARNES LTDA.
SALSAMENTARIA VILASECA LTDA.
SCARCOL
SCARCOL E.C.
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
-SENATECNAS
S.A.
TECNIAGRO S.A.
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
MEDELLÍN
Además de las anteriores, en Consulta Pública el Proyecto se puso a consideración de las
siguientes empresas:
ALICO S.A.
ALIMENTOS NATURALES FORTY E.U.
ALMACENES ÉXITO S.A.
ASBIOQUIM LTDA.
ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE
HELICICULTORES
ASOCIACIÓN NACIONAL DE INDUSTRIALES
-ANDIAVESCO
S.A.
CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE
FENALCO DE BOGOTÁ
CONGELADOS AGRÍCOLAS S.A.
CONSUMIDORES COLOMBIA COCO
FIRMENICH S.A.
FUNDACIÓN UNIVERSIDAD JORGE TADEO
LOZANO
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA AGRARIA
DE COLOMBIA
IMS CONSULTING LTDA.
INFEREX S.A.
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
INTERNATIONAL LIFE SCIENCES
INSTITUTE ILSI NOR ANDINO
INVIMA INST. NACIONAL DE VIGILANCIA
DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
MAKRO SUPERMAYORISTA S.A.
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
DESARROLLO RURAL
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA
Y TURISMO
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
OLÍMPICA S.A.
POLLO ANDINO LTDA.
POLLO SAVICOL LTDA
PROCAMPEÓN
SECRETARÍA DISTRITAL SALUD DE
BOGOTÁ
ICONTEC cuenta con un Centro de Información que pone a disposición de los interesados
normas internacionales, regionales y nacionales y otros documentos relacionados.
DIRECCIÓN DE NORMALIZACIÓN
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
CONTENIDO
Página
1. OBJETO.......................................................................................................................1
2. REFERENCIAS NORMATIVAS...................................................................................1
3. DEFINICIONES, CLASIFICACIÓN Y DESIGNACIÓN ................................................3
3.1 DEFINICIONES ............................................................................................................3
3.2 CLASIFICACIÓN..........................................................................................................9
3.3 DESIGNACIÓN...........................................................................................................10
4. REQUISITOS GENERALES ......................................................................................11
5. REQUISITOS ESPECÍFICOS.....................................................................................12
6. PLAN DE MUESTREO, RECEPCIÓN Y CRITERIOS DE ACEPTACIÓN O
RECHAZO DEL PRODUCTO ....................................................................................12
6.1 PLAN DE MUESTREO Y RECEPCIÓN ....................................................................12
6.2 CRITERIOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LA MUESTRA ............................13
7. ENSAYO.....................................................................................................................13
7.1 PREPARACIÓN DE LA MUESTRA...........................................................................13
7.2 DETERMINACIÓN DE MATERIA GRASA ................................................................14
7.3 DETERMINACIÓN DE PROTEÍNA ............................................................................14
7.4 DETERMINACIÓN DE ALMIDÓN..............................................................................14
7.5 DETERMINACIÓN DE NITRATOS ............................................................................14
7.6 DETERMINACIÓN DE NITRITOS..............................................................................14
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
Página
7.7 DETERMINACIÓN DE HUMEDAD ............................................................................14
7.8 DETERMINACIÓN DE HUMEDAD MÁS GRASA .....................................................14
7.9 ENSAYOS MICROBIOLÓGICOS ..............................................................................14
7.10 DETERMINACIÓN DE COLORANTES .....................................................................15
7.11 DETERMINACIÓN DE PLOMO .................................................................................15
8. EMPAQUE Y ROTULADO.........................................................................................15
8.1 EMPAQUE..................................................................................................................15
8.2 ROTULADO................................................................................................................15
TABLAS
Tabla 1. Aditivos de uso permitido en productos cárnicos procesados ........................16
Tabla 2. Ingredientes de formulación para productos cárnicos procesados
no enlatados..........................................................................................................................18
Tabla 3. Requisitos de composición y formulación para productos cárnicos
cocidos (excepto el chorizo cocido)...................................................................................18
Tabla 4. Requisitos de composición y formulación para jamones cocidos y fiambres...19
Tabla 5. Requisitos microbiológicos para productos cárnicos procesados cocidos ...19
Tabla 6. Requisitos de composición y formulación para productos cárnicos
procesados crudos frescos (incluyendo el chorizo cocido) ...............................................20
Tabla 7. Requisitos microbiológicos para productos cárnicos procesados crudos
frescos congelados o no .....................................................................................................20
Tabla 8. Requisitos de composición y formulación para productos cárnicos
procesados crudos madurados o fermentados (excepto el chorizo, salami,
longaniza y salchichón madurados o fermentados) .........................................................21
Tabla 9. Requisitos de composición y formulación para chorizo madurado
o fermentado ........................................................................................................................21
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
Página
Tabla 10. Requisitos de composición y formulación para salchichón, salami,
longaniza madurados o fermentados ................................................................................22
Tabla 11. Requisitos microbiológicos para productos cárnicos procesados crudos
madurados o fermentados o acidificados a los dos o los tres ........................................22
ANEXOS
ANEXO A (Normativo)
ROTULADO PARA LA PREPARACIÓN O COCCIÓN DE PRODUCTOS CÁRNICOS
CRUDOS................................................................................................................................23
ANEXO B (Normativo)
ROTULADO DE CATEGORÍA...............................................................................................26
ANEXO C (Informativo)
BIBLIOGRAFÍA......................................................................................................................30
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
1 de 32
INDUSTRIAS ALIMENTARIAS.
PRODUCTOS CÁRNICOS PROCESADOS
NO ENLATADOS
1. OBJETO
Esta norma establece los requisitos que deben cumplir los productos cárnicos procesados no
enlatados.
La presente norma no se aplica a productos a base de pescado, mariscos o crustáceos crudos
y análogos cárnicos (véase el numeral 3.1.6).
2. REFERENCIAS NORMATIVAS
Los siguientes documentos normativos referenciados son indispensables para la aplicación de
este documento normativo. Para referencias fechadas, se aplica únicamente la edición citada.
Para referencias no fechadas, se aplica la última edición del documento normativo referenciado
(incluida cualquier corrección).
NTC 512-1, Industrias alimentarias. Rotulado o etiquetado. Parte 1: Norma general.
NTC 512-2, industrias alimentarias. Rotulado o etiquetado. Parte 2: Rotulado nutricional de
alimentos envasados.
NTC 1556, Carne y sus productos. Determinación del contenido de nitrógeno.
NTC 1662, Carne y sus productos. Determinación del contenido de grasa total. Método de
referencia.
NTC 1663, Carne y sus productos. Determinación del contenido de humedad. Método de
referencia.
NTC 3644-2, Industrias alimentarias. Pollo beneficiado.
NTC 4458, Microbiología de alimentos y de alimentos para animales. Método horizontal para el
recuento de coliformes o Escherichia coli o ambos. Técnica de recuento de colonias utilizando
medios fluorogénicos o cromogénicos.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
2
NTC 4491-2, Microbiología de alimentos y de alimentos para animales. Preparación de
muestras para ensayo. Suspensión inicial y diluciones decimales para los análisis
microbiológicos. Parte 2: Reglas especificas para la preparación de carne y productos cárnicos.
NTC 4519, Microbiología de alimentos. Guía general para el recuento de microorganismos.
Técnica de recuento de colonias a 35 °C.
NTC 4565, Carne y productos cárnicos. Método para determinar el contenido de nitrito. Método
de referencia.
NTC 4566, Productos cárnicos. Métodos para determinar el contenido de almidón (Método de
referencia).
NTC 4572, Carne y productos cárnicos. Método para determinar el contenido de nitrato
(método de referencia).
NTC 4574, Microbiología de alimentos y de alimentos para animales. Método horizontal para la
detección de Salmonella spp.
NTC 4666, Microbiología de alimentos y alimentos para animales. Método horizontal para la
detección de Listeria Monocytogenes. Parte 1: Método de detección (ISO 11290-1).
NTC 4779, Microbiología de alimentos y alimentos para animales. Método horizontal para el
recuento de estafilococos coagulasa positiva (Staphylococcus Aureus y otras especies) (ISO 6888-1).
NTC 4834, Microbiología de alimentos y alimentos para animales. Método horizontal para el
recuento de Clostridium sulfito reductores e identificación de Clostridium perfringens - técnicas
de recuento de colonias (ISO 15213).
NTC 4899, Microbiología de alimentos para consumo humano y animal. Métodos para la
detección de Escherichia coli O157.
NTC 5554, Carne y productos cárnicos. Preparación de la muestra (AOAC 938.18).
NTC 5568, Industrias alimenticias. Determinación de colorantes en alimentos (AOAC 966.21).
NTC 5569, Carne y productos cárnicos. Detección de agentes colorantes. Método de
cromatografía de capa delgada (ISO 13496).
GTC 155, Guía para la evaluación y prevención de microorganismos en plantas de alimentos:
Listeria monocytogenes.
NTC-ISO 2859-1, Procedimientos de muestreo para inspección por atributos. Parte 1: Planes
de muestreo determinados por el Nivel Aceptable de Calidad -NAC- para inspección lote a lote.
NTC-ISO 2859-2, Procedimientos de muestreo para inspección por atributos. Parte 2: Planes
de muestreo determinados la Calidad Límite (CL) para la inspección de un lote aislado.
NTC-ISO 2859-3, Procedimientos de muestreo para inspección por atributos. Parte 3:
Procedimientos de muestreo intermitentes.
NTC-ISO 2859-4, Procedimientos de muestreo para inspección por atributos. Parte 4:
Procedimientos para evaluación de niveles de calidad establecidos.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
3
NTC-ISO 3951-1, Procedimientos de muestreo para inspección por variables. Parte 1:
especificación para planes de muestreo simple clasificados por nivel aceptable de calidad
(NAC) para inspección lote a lote para una característica de calidad única y un solo NAC.
ISO 3951, Sampling Procedures for Inspection by Variables. Part 2 - 4.
AOAC 934.07, Lead in Food. General Dithizone Method.
AOAC 972.25, Lead in Food. Atomic absorption Spetrophotometric Method.
Codex Stan CAC/GL 50, Directrices generales sobre muestreo.
3. DEFINICIONES, CLASIFICACIÓN Y DESIGNACIÓN
3.1 DEFINICIONES
Para los efectos de esta norma se establecen las siguientes:
3.1.1 Acentuador o resaltador de sabor. Sustancia o mezcla de sustancias que contribuyen a
resaltar o reforzar el sabor propio del alimento.
3.1.2 Aditivo alimentario. Sustancia que normalmente no se consume como alimento y no se
usa normalmente como ingrediente característico del alimento, tenga o no valor nutritivo, y cuya
adición intencional al alimento con un fin tecnológico (incluso organoléptico) en la fabricación,
elaboración, preparación, tratamiento, envasado, empaque, transporte o conservación de ese
alimento, resulta o es de prever que resulte (directa o indirectamente) en que él o sus
derivados pasen a ser un componente de tales alimentos o afecten las características de éstos.
El término no comprende los “contaminantes”, ni las sustancias añadidas a los alimentos para
mantener o mejorar las calidades nutricionales.
3.1.3 Aglutinante o ligante. Sustancia que mejora la cohesión de las partículas de las diferentes
materias primas del producto cárnico en proceso; además, retiene agua y jugos naturales de la
carne y puede actuar como emulsificante, espesante, estabilizante o extendedor.
3.1.4 Albóndiga. El producto cárnico procesado, cocido o crudo, no embutido, elaborado a
base de en carne, con la adición de sustancias de uso permitido, dándole forma redondeada.
3.1.5 Alimento listo para el consumo. Todo alimento que normalmente se come en estado
crudo (por ejemplo: paté crudo, entre otros), o todo alimento manipulado, elaborado, mezclado,
cocido o preparado de otro modo, de forma que normalmente se consume sin someterlo a
fases listericidas ulteriores (por ejemplo: jamón, mortadela o fiambre, entre otros).
NOTA Para mayor información acerca de fases listericidas y Listeria monocytogenes consultar el documento del
Codex Alimentarius, CAC/GL 61:2007.
3.1.6 Análogo cárnico. Alimento con apariencia similar a un producto cárnico, elaborado a
base de proteína vegetal, con exclusión de proteína animal. Este tipo de producto debe
rotularse con el término “tipo”. Ejemplo: “embutido de maíz tipo salchicha”.
3.1.7 Animal de abasto. Bovinos, ovinos, porcinos, caprinos, aves de corral y otras especies
que la autoridad sanitaria competente declare que son utilizables y aptas para el consumo
humano.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
4
3.1.8 Aromatizante o saborizante. Sustancia o mezcla de sustancias con propiedades
odorizantes y saborizantes capaces de conferir o intensificar el aroma o sabor de los alimentos.
3.1.9 Butifarra. Producto cárnico procesado homogeneizado, cocido, embutido en tripa
comestible, elaborado a base de carne, adicionado de sal, grasa y especias. De sabor picante,
que puede contener o no sales de curación, manteniendo el color pálido característico y no
contiene colorantes.
3.1.10 Cábano. Producto cárnico procesado cocido, obtenido por molido o picado, elaborado a
base de carne de bovino, cerdo, grasa o mezcla de ellos y que en su superficie de corte exhibe
trozos de carne y grasa visibles, embutido, con la adición de sustancias de uso permitido y
cuyo diámetro es menor de 25 mm.
3.1.11 Cábano seco. Producto cárnico procesado ahumado, embutido, obtenido por molido o
picado, elaborado a base de carne de bovino, cerdo, grasa o mezcla de ellos y que en su
superficie de corte exhibe trozos de carne y grasa visibles, con la adición de sustancias de uso
permitido y cuyo diámetro es menor de 25 mm.
3.1.12 Canal de bovino. Cuerpo del animal exsanguinado, al cual se le han retirado durante su
beneficio la cabeza, piel o cuero, las manos, patas y vísceras.
3.1.13 Canal de porcino. Cuerpo del animal exsanguinado, al cual se le han retirado durante
su beneficio las vísceras, exceptuando el riñón.
3.1.14 Canal de aves de corral. Cuerpo del animal exsanguinado, al cual se le han retirado
durante su beneficio las patas, el cuello, cabeza y vísceras.
3.1.15 Carne. Parte muscular esquelética de los animales de abasto, incluyendo tejido
conectivo y adiposo que haya sido declarada apta para el consumo humano por la inspección
oficial antes y después del beneficio. Además, se considera carne el diafragma y los músculos
maceteros de cerdo, no así, los demás subproductos de origen animal.
3.1.16 Carne aliñada, condimentada, aderezada, adobada, sazonada o marinada. Carne
cruda cuya condimentación se realiza en profundidad o en la superficie del producto, y es
perceptible a simple vista o apreciable por el sabor.
3.1.17 Carne de diablo. Producto cárnico procesado homogeneizado, cocido, embutido,
elaborado con la mezcla de carne, con la adición de sustancias de uso permitido. Para
favorecer el proceso tecnológico previo a su mezcla y homogeneización es sometido a cocción.
Se caracteriza por su sabor picante.
3.1.18 Carne separada mecánicamente (CSM). Producto que se obtiene separando la carne
de los huesos que la sustentan, después del deshuesado de animales de abasto, utilizando
medios mecánicos que causan la pérdida o modificación de la estructura de fibra muscular.
3.1.19 Congelación. Tratamiento térmico por descenso de temperatura que garantiza que el
punto más caliente del producto ha alcanzado una temperatura máxima de -18 °C.
3.1.20 Chicharrón. Producto cárnico procesado cocido obtenido del cuero o piel de cerdo, el
cual se expande por fritura. Puede contener tocino, tocino carnudo o no y se obtiene de la
barriga, del lomo, de la pierna, de la espaldilla, del brazo o de la papada.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
5
3.1.21 Chorizo. Producto cárnico procesado, crudo fresco, obtenido por molido o picado,
cocido o madurado, embutido, elaborado a base de carne y grasa, con la adición de sustancias
de uso permitido.
3.1.22 Cuero o piel. Tejido extendido sobre todo el cuerpo del animal, que en los vertebrados
está formado por una capa externa o epidermis y otra interna o dermis, que haya sido
declarada apto para el consumo humano por la inspección veterinaria oficial antes y después
del beneficio de animales de abasto.
3.1.23 Curado. Proceso de estabilización del color de la carne mediante la adición de nitrito de
sodio y agentes coadyuvantes (cloruro de sodio, azucares, ácido ascórbico, entre otros).
3.1.24 Denominación de origen. Es una indicación geográfica constituida por la denominación
de un país, de una región o de un lugar determinado, o constituida por una denominación que
sin ser la de un país, una región o un lugar determinado se refiere a una zona geográfica
determinada, utilizada para designar un producto originario de ellos y cuya calidad, reputación
u otras características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico en el cual se
produce, incluidos los factores naturales y humanos.
3.1.25 Embutido. Producto cárnico procesado, crudo o cocido, que ha sido introducido a
presión en tripas naturales o artificiales aprobadas para tal fin, aunque en el momento del
expendio o consumo carezca de la envoltura empleada.
3.1.26 Especia. Producto constituido por ciertas plantas o partes de ellas que por tener
sustancias saborizantes o aromatizantes se emplean para aderezar, aliñar o modificar el aroma
y sabor de los alimentos.
3.1.27 Especialidades cárnicas. Productos cárnicos procesados que no corresponden a las
definiciones de productos cárnicos contenidas en esta norma. De acuerdo con el proceso
tecnológico al que se han sometido se clasifican en crudos, precocidos o cocidos. Sus
requisitos de composición y formulación corresponden mínimo a la categoría estándar. Pueden
ser formados con gelatina (aspic), rellenos, embutidos, apanados, rebozados, ahumados u
otros.
3.1.28 Extracto natural. Sustancia saborizante (aceites esenciales y oleorresinas) obtenidas a
partir de especias puras. Se pueden utilizar solos o dispersos.
3.1.29 Fermentación. Conjunto de procesos bioquímicos y físicos inducidos por acción
microbiana nativa o adición controlada de cultivos iniciadores basados en el descenso del pH,
que tienen lugar en la fabricación de algunos productos cárnicos como método de conservación
o para conferir características particulares al producto, en los cuales se controla la temperatura,
humedad y ventilación, desarrollando el aroma, sabor, color y consistencia característicos.
3.1.30 Fiambre. Producto cárnico procesado, cocido, embutido, moldeado o prensado
elaborado con carne, picada u homogeneizada o ambas, con la adición de sustancias de uso
permitido. El producto elaborado hace referencia a la especie animal empleada.
3.1.31 Galantina. Producto cárnico procesado homogeneizado, cocido, embutido o moldeado,
elaborado a base de carne y grasa, que puede tener o no trozos visibles de carne, vegetales,
huevo, especias y frutos secos, con la adición de sustancias de uso permitido. La mezcla se
introduce en tripas naturales o artificiales aprobadas para tal fin, de forma regular, irregular o
cilíndrica con diámetro de 65 mm a 80 mm.
3.1.32 Grasa. Tejido adiposo comestible de los animales de abasto.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
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3.1.33 Hamburguesa. Producto cárnico procesado, homogeneizado o picado o ambos,
formado, sometido o no a tratamiento térmico, elaborado a base de carne y con la adición de
sustancias de uso permitido.
3.1.34 Homogeneizado. Sistema cárnico cuyos componentes no son mecánicamente
separables en virtud del tamaño de partícula.
3.1.35 Humo. Producto de la combustión sin llama de maderas no resinosas, que contiene los
elementos o compuestos hidrosolubles de dicha combustión, cuya presentación es líquida,
sólida o gaseosa.
3.1.36 Ingredientes básicos de formulación. Sustancias necesarias para la elaboración de
productos cárnicos procesados y que confieren a estos características propias.
3.1.37 Ingredientes de formulación. Productos que, sin ser indispensables para conferir
identidad al producto terminado, pueden ser utilizados en su elaboración sin limitaciones
directas de dosificación, excepto por su efecto en la composición del producto final.
3.1.38 Jamonada. Producto cárnico procesado homogeneizado, cocido con adición de trozos
de carne dispersos en el sistema cárnico, embutido en tripas naturales o artificiales aprobadas
para tal fin, con la adición de sustancias de uso permitido, de diámetro superior a 80 mm.
3.1.39 Jamón. Producto cárnico procesado, cocido, embutido, moldeado o prensado,
elaborado con músculo sea éste entero o troceado, con la adición de sustancias de uso
permitido. Se excluyen los sistemas cárnicos homogeneizados y picados. El producto
elaborado hace referencia a la especie animal empleada.
3.1.40 Longaniza. Producto cárnico procesado elaborado a base de carne y grasa, obtenido
por molido o picado o troceado o los tres anteriores, crudo fresco, cocido o madurado,
embutido, con la adición de sustancias de uso permitido. Puede ser porcionado o no.
3.1.41 Maduración. Conjunto de procesos bioquímicos y físicos, que tienen lugar en la
fabricación de algunos productos cárnicos crudos en los cuales se controla la temperatura,
humedad y ventilación, desarrollando el aroma, sabor, consistencia y conservación
características de estos productos.
3.1.42 Morcilla o rellena. Producto cárnico procesado, cocido, embutido, elaborado sobre la
base de sangre, con el agregado o no de grasa, cuero o piel de cerdo, vísceras picadas, arroz,
leguminosas, tubérculos y especias.
3.1.43 Mortadela. Producto cárnico procesado, homogeneizado, cocido, embutido, elaborado a
base de carne, con la adición de sustancias de uso permitido. La mezcla se introduce en tripas
naturales o artificiales aprobadas para tal fin, con diámetro superior a 80 mm. Puede ser
adicionada o no grasa de cerdo.
3.1.44 No embutido. Producto cárnico procesado, crudo o cocido, que en su proceso de
elaboración no es introducido en tripas naturales o artificiales.
3.1.45 Pasta de pollo. Subproducto cárnico resultante de la separación mecánica de huesos y
carne de pollo procedentes de la canal del pollo, sin adición de agua, colorantes, aglutinantes
ni proteína vegetal.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
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3.1.46 Paté. Producto cárnico procesado homogeneizado, cocido, embutido o no, esparcible o
no, elaborado con la mezcla de carne o vísceras o ambas y grasa previamente sometidas a
cocción, con la adición de sustancias de uso permitido.
3.1.47 Picado o molido. Sistema cárnico obtenido mediante el corte manual o mecánico de la
carne en trozos de tamaño igual o menor a 30 mm.
3.1.48 Pernil. Producto cárnico procesado, cocido, no embutido, elaborado con la masa
muscular integral, con o sin hueso, del cuarto trasero de cualquier animal de abasto, con la
adición de sustancias de uso permitido. El producto elaborado hace referencia a la especie
animal empleada.
3.1.49 Proceso de cocción. Tratamiento térmico por incremento de temperatura que garantiza
que el punto más frío del producto ha alcanzado una temperatura mínima de 72 °C.
3.1.50 Proceso de precocción. Aplicación tecnológica térmica mediante la cual se modifica
una o más características físicas del producto. Para efectos de esta norma el producto
sometido a este proceso se considera como un producto crudo.
3.1.51 Producto cárnico procesado. Aquél elaborado a base de carne, grasa, vísceras u
otros subproductos de origen animal comestibles (véase el numeral 3.1.69), provenientes de
animales de abasto, con adición o no de sustancias permitidas o especias o ambas, sometido a
procesos tecnológicos adecuados.
3.1.52 Producto cárnico procesado acidificado. Producto cárnico procesado al cual se le ha
adicionado un aditivo (por ejemplo: Glucono Delta Lactona- DGL) o ácido orgánico (por
ejemplo: ácido acético) para descender su pH (el descenso del pH no es resultado de un
proceso de fermentación).
3.1.53 Producto cárnico procesado ahumado. Producto cárnico procesado crudo o cocido,
que ha sido expuesto al humo con el fin de obtener un olor, sabor o color propios o ambos,
excepto los productos a los que únicamente se les ha adicionado el humo en el sistema cárnico
para saborizarlo.
3.1.54 Producto cárnico procesado crudo congelado. Aquél que no ha sido sometido a un
proceso de cocción, fermentación o maduración; se comercializa, almacena y se conserva en
condiciones de congelación. Se excluyen las carnes crudas marinadas o aliñadas.
3.1.55 Producto cárnico procesado crudo fresco. Aquél que no ha sido sometido a un
proceso de cocción, fermentación o maduración. Para su conservación requiere refrigeración.
Se excluyen las carnes crudas marinadas o aliñadas.
3.1.56 Producto cárnico procesado crudo madurado. Producto cárnico procesado elaborado
con carne de animales de abasto, mediante la técnica de maduración o fermentación o ambas
(véase el numeral 3.1.29 ó 3.1.41 o ambos). El producto elaborado hará referencia a la especie
animal utilizada.
3.1.57 Producto cárnico procesado crudo madurado de pieza entera. Producto cárnico
procesado que corresponde a una región anatómica de un animal de abasto, a la cual no se le
ha retirado ninguna sección y es sometida a un proceso de salado y secado, cuyo objetivo es
disminuir el contenido de agua y el desarrollo de olor y sabor característico.
3.1.58 Producto cárnico procesado congelado. Aquél cuya temperatura de núcleo es igual o
inferior a 18 °C bajo cero.
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8
3.1.59 Producto cárnico procesado curado, cocido o precocido. Parte de la canal o
porciones musculares de animales de abasto, curados que conserven su integridad anatómica,
y han sido sometidos a proceso de precocción o cocción, ahumado o no, tales como: chuleta,
costilla, lengua, lomo, antebrazos, perniles procesados, pavo ahumado, pollo ahumado, entre
otros.
3.1.60 Producto cárnico procesado rebozado o apanado. Aquél recubierto con granos o
semillas o ambos, molidos o enteros, sustancias o especias de uso permitido o ambas.
3.1.61 Producto cárnico procesado refrigerado. Aquél que se almacena a una temperatura
entre 0 °C y 4 °C.
3.1.62 Queso de cabeza. Producto cárnico procesado cocido, elaborado con carne de cabeza,
con adición o no de cuero o piel de cerdo, lengua de vacuno o cerdo o ambas, cartílago de
orejas de porcino y sustancias de uso permitido.
3.1.63 Refrigeración. Tratamiento térmico por descenso de temperatura que garantiza que el
punto más caliente del producto ha alcanzado una temperatura máxima entre 0 °C a 4 °C.
3.1.64 Salami. Producto cárnico procesado, curado, fermentado, madurado y embutido,
elaborado a base de carne de bovino, cerdo, grasa, o mezcla de ellos, con la adición de
sustancias de uso permitido y que en su superficie de corte muestra trozos de carne y grasa
visibles, con un diámetro máximo 80 mm.
3.1.65 Salchicha. Producto cárnico procesado, cocido, embutido, elaborado a base de carne,
con la adición de sustancias de uso permitido, introducido en tripas naturales o artificiales
aprobadas, de diámetro máximo de 45 mm.
3.1.66 Salchichón. Producto cárnico procesado, embutido, cocido o madurado, con la adición
de sustancias de uso permitido, embutido en tripas artificiales aprobadas para tal fin, con un
diámetro entre 40 mm y 80 mm.
3.1.67 Salchichón cervecero. Producto cárnico procesado, embutido, cocido, que en su
superficie de corte muestra trozos de carne y grasa visibles, con la adición de sustancias de
uso permitido y cuyo diámetro es mayor o igual a 40 mm.
3.1.68 Sistema cárnico. Conjunto de materias primas, principalmente cárnicas que interactúan
entre sí.
3.1.69 Subproducto de origen animal. Partes del animal de abasto (véase el numeral 3.1.7)
que no constituyen parte de la canal y que no están comprendidas en la definición de carne.
Estos subproductos de origen animal pueden ser:
a) comestibles: corresponde a las vísceras, grasa, albúmina de sangre, plasma,
hemoglobina, cartílagos, cuero o piel, manos, patas y cartílago de orejas de porcino
aprobados por la autoridad sanitaria competente, o
b) no comestibles: corresponde a hueso, cerda, pelos, plumas, oído, cerebro, coágulos de
sangre, glándulas linfáticas, cascos, cuernos, ojos, genitales y la ubre proveniente de
hembras lactantes.
3.1.70 Sustancias de uso permitido. Término utilizado para describir aquellos ingredientes no
cárnicos o aditivos o ambos, empleados en la elaboración de los productos cárnicos, aprobadas
por la autoridad sanitaria competente o el Codex Alimentarius (véanse las Tablas 1 y 2).
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3.1.71 Tocineta. Producto cárnico procesado curado, crudo o cocido, ahumado o no, no
embutido, elaborado con el costillar deshuesado del cerdo, con la adición de sustancias de uso
permitido.
3.1.72 Tocino. Tejido adiposo comestible obtenido del cerdo.
3.1.73 Tratamiento térmico. Proceso mediante el cual se modifica la temperatura del producto
con un objetivo específico.
3.1.74 Tripa artificial. Material elaborado a partir de materias primas grado alimenticio,
sintéticas o naturales o ambas que pueden ser comestibles o no, utilizadas para contener los
alimentos con exclusión de espacios libres.
3.1.75 Tripa natural. Membrana natural de los animales de abasto que se usa para contener
los alimentos con exclusión de espacios libres, previa adecuación que garantice su inocuidad.
3.1.76 Troceado. Sistema cárnico obtenido mediante el corte manual o mecánico de la carne
en trozos de tamaño superior a 30 mm.
3.1.77 Vísceras. Subproductos de origen animal comestibles constituidos por los órganos
toráxicos y abdominales. Se clasifican en vísceras blancas y rojas.
3.1.78 Vísceras blancas. Conjunto de componentes del tracto digestivo, buche, páncreas,
estómagos e intestinos (tripas naturales) excepto los de las aves.
3.1.79 Vísceras rojas. Corazón, lengua, hígado excluyendo la vesícula biliar, pulmón
excluyendo el de las aves de corral, riñones, bazo, molleja limpia sin cutícula.
3.2 CLASIFICACIÓN
Los productos cárnicos procesados se clasifican en:
3.2.1 Productos cárnicos procesados crudos frescos o congelados o precocidos congelados o
no, por ejemplo:
- albóndiga;
- carne aliñada;
- chorizo fresco;
- hamburguesa;
- longaniza y
- salchicha fresca.
3.2.2 Productos cárnicos procesados crudos madurados o fermentados o ambos, por
ejemplo:
- chorizo y
- salami.
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3.2.3 Productos cárnicos procesados cocidos, por ejemplo:
- butifarra;
- cábano;
- carne de diablo;
- chorizo;
- fiambre;
- hamburguesa;
- jamón;
- jamonada;
- mortadela;
- salchicha;
- salchichón y
- salchichón cervecero.
3.2.4 Producto cárnico procesado crudo madurado de pieza entera, por ejemplo:
- lomo crudo madurado;
- jamón crudo madurado;
- bresaola;
- magret y
- cecina.
3.3 DESIGNACIÓN
3.3.1 El nombre de los productos cárnicos procesados no enlatados debe estar de acuerdo
con las definiciones contenidas en el numeral 3.1 y de acuerdo con lo indicado en el numeral 3.2
de clasificación. Para los siguientes productos: morcilla, chicharrón, debido a las características
de estos productos no pueden designarse con las categorías enunciadas en el numeral 3.2. en
virtud de la variedad de sus ingredientes.
3.3.2 Los productos cárnicos procesados que cumplan los requisitos de composición y
formulación mencionados en las Tablas 3, 4, 6, 8 y 9 deben designarse con los nombres de las
categorías correspondientes “Premium”, “Seleccionada” o “Estándar”. Y cumplir con los
requisitos establecidos en el Anexo B (Normativo) del rotulado de categoría.
3.3.3 Otras designaciones con las cuales se conocen los productos cárnicos procesados no
enlatados son:
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3.3.3.1 Carnes frías.
3.3.3.2 Productos de salsamentaria, charcutería, chacinería.
3.3.3.3 Embutidos.
3.3.4 Los productos cárnicos procesados que no cumplan los requisitos de denominación de
origen nacionales o internacionales deberán declararse con la palabra “tipo” dentro del nombre
del producto (véase el numeral 3.1.24).
- Jamón Tipo Parma.
La solicitud de declaración de protección de una denominación de origen se hará por escrito
ante la oficina nacional competente.
3.3.5 Los productos cárnicos procesados que se les adiciona el humo como saborizante
(véase el numeral 3.1.53) no podrán ser declarados como producto cárnico procesado
ahumado deberán ser declararse con el texto “con sabor a humo”.
- Salchicha con sabor a humo.
4. REQUISITOS GENERALES
4.1 Los ingredientes y aditivos empleados en la fabricación de los productos cárnicos
procesados se indican a continuación:
4.1.1 Se permite el uso de los aditivos indicados en la Tabla 1, solos o combinados, más los
que sean aprobados por la autoridad sanitaria competente o el Codex Alimentarius.
4.1.2 Ingredientes de formulación (véase la Tabla 2).
4.1.3 Saborizantes. Incluyen especias, aromas y sabores, resaltadores de sabor cárnico,
acentuadores de sabor y condimentos. Su uso debe estar de acuerdo con las Buenas Prácticas
de Manufactura (BPM).
4.2 Los aditivos empleados en la elaboración de los productos cárnicos procesados no
enlatados deben cumplir las especificaciones de calidad y normas de pureza del Food
Chemical Codex (FCC), o de la United States Pharmacopeia (USP), o las Directivas del
Parlamento Europeo equivalentes.
4.3 Los aditivos no deben emplearse para cubrir deficiencias sanitarias de la materia prima,
del producto o de malas prácticas de manufactura.
4.4 Los productos cárnicos procesados deben conservarse en condiciones que garanticen
su inocuidad, las cuales son establecidas por el productor, según las características del
producto.
4.5 Los productos cárnicos no deben contener metales pesados en cantidades superiores a:
Contaminante Contenido máximo
Plomo (Pb) 0,5 mg/kg.
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4.6 La materia prima para elaboración de pasta de pollo debe estar libre de cabezas, cuello,
patas, riñones, plumas, pulmones, vísceras, glándulas sexuales y cualquier material ajeno a la
canal de pollo. Deberá declarar la utilización de piel y grasa. Tanto las aves como el
subproducto deben ser procedentes de plantas aprobadas por la autoridad sanitaria
competente. Cuando tenga adición de especias, sal, nitrito de sodio o conservante natural debe
ser declarada como condimentada. Debe cumplir los requisitos microbiológicos establecidos en
la NTC 3644-2. Las canales de pollo usadas como materia prima deben ser refrigeradas y
procesadas máximo 24 h después del sacrificio o congeladas inmediatamente para su
conservación por máximo 8 d.
5. REQUISITOS ESPECÍFICOS
5.1 Los productos cárnicos procesados, cocidos (excepto chorizo cocido), deben cumplir los
requisitos de composición y formulación indicados en la Tabla 3.
5.2 Los jamones cocidos y los fiambres deben cumplir los requisitos de composición y
formulación indicados en la Tabla 4.
5.3 Los productos cárnicos procesados, cocidos, los jamones cocidos y los fiambres deben
cumplir los requisitos microbiológicos indicados en la Tabla 5.
5.4 Los productos cárnicos procesados, crudos frescos, congelados o no (incluyendo
chorizo cocido) deben cumplir los requisitos de composición y formulación indicados en la
Tabla 6.
5.5 Los productos cárnicos procesados, crudos frescos, congelados o no, deben cumplir los
requisitos microbiológicos indicados en la Tabla 7.
5.6 La producción de productos cárnicos procesados crudos frescos debe tener en cuenta
los lineamientos establecidos en la GTC 155.
5.7 Los productos cárnicos procesados, crudos madurados, deben cumplir los requisitos de
composición y formulación indicados en la Tabla 8.
5.8 Los productos cárnicos procesados, crudos madurados deben cumplir los requisitos
microbiológicos indicados en la Tabla 9.
6. PLAN DE MUESTREO, RECEPCIÓN Y CRITERIOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO
DEL PRODUCTO
6.1 PLAN DE MUESTREO Y RECEPCIÓN
Los planes de muestreo se deben seleccionar, previo acuerdo entre las partes interesadas
teniendo en cuenta lo establecido en el Codex Stan CAC/GL 50, GTC 99 y las normas de la
serie NTC-ISO 2859, la norma NTC-ISO 3951-1, o las normas de la serie ISO 3951.
Se debe realizar una planilla adecuada en donde se incluye:
- nombre del producto;
- fecha de toma de muestra;
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13
- sitio o lugar de toma de muestra;
- hora de toma de la muestra;
- temperatura interna del producto;
- fecha de vencimiento;
- código o lote de producción;
- fecha de análisis;
- hora en que se realiza el análisis;
- temperatura de la muestra a la hora en que se práctica el análisis y
- color y olor de la muestra al realizar los análisis (microbiológicos y fisicoquímicos).
6.2 CRITERIOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO DE LA MUESTRA
Si la muestra ensayada no cumple uno o más de los requisitos establecidos en esta norma, se
considerará no clasificada. En caso de discrepancia se repetirán los ensayos sobre la muestra
reservada para tales efectos. Cualquier resultado no satisfactorio en este segundo caso será
motivo para rechazar el lote.
7. ENSAYOS
7.1 PREPARACIÓN DE LA MUESTRA
7.1.1 Preparación de la muestra para el análisis fisicoquímico
De acuerdo con la NTC 5554.
7.1.2 Preparación de la muestra para el análisis microbiológico
De acuerdo con la NTC 4491-2.
7.1.3 Transporte y almacenamiento de las unidades de muestra
Las unidades de muestra se deben enviar al laboratorio tan pronto como sea posible, luego de
haberlas obtenido, y durante ese tiempo se deben mantener a la temperatura a la cual el
producto en cuestión debe almacenarse. Sin embargo, en el caso de los productos que se
refrigeran o congelan, el transporte de las unidades de muestra debe ser:
- Refrigerados: de 0 °C a 4 °C, si se espera que con seguridad van a ser examinadas en
un lapso de 24 h, o
- Congelados: a una temperatura no mayor de -18 °C; sin embargo, las muestras que se
van a someter a ensayos físicos o gustativo-olfativos no deben, en general, congelarse.
Deben tomarse precauciones para prevenir la exposición de las unidades de muestra a la luz
solar, mientras se efectúa el transporte. Las muestras deben llegar al laboratorio incólumes y
con sus sellos en perfecto estado.
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7.2 DETERMINACIÓN DE MATERIA GRASA
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 1662.
7.3 DETERMINACIÓN DE PROTEÍNA
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 1556, empleando el valor de 6,25 como factor
de proteína total, la proteína no cárnica se determina según formulación.
7.4 DETERMINACIÓN DE ALMIDÓN
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 4566.
7.5 DETERMINACIÓN DE NITRATOS
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 4572.
7.6 DETERMINACIÓN DE NITRITOS
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 4565.
7.7 DETERMINACIÓN DE HUMEDAD
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 1663.
7.8 DETERMINACIÓN DE HUMEDAD MÁS GRASA
Se obtiene sumando los resultados obtenidos en las determinaciones de los numerales 7.2 y 7.7.
7.9 ENSAYOS MICROBIOLÓGICOS
7.9.1 Recuento total de aerobios mesófilos
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 4519.
7.9.2 Recuento en placa de coliformes
Se efectúa de acuerdo con lo indicado en la NTC 4458.
7.9.3 Recuento de Staphylococcus areus coagulasa positiva
Se efectúa de acuerdo con lo establecido en la NTC 4779.
7.9.4 Recuento de esporas Clostridium sulfito reductor
Se efectúa de acuerdo con lo establecido en la NTC 4834.
7.9.5 Detección de Salmonella
Se efectúa de acuerdo con lo establecido en la NTC 4574.
7.9.6 Detección de Listeria mnocytogenes
Se efectúa de acuerdo con lo establecido en la NTC 4666.
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15
7.9.7 Detección de Escherichia coli
Se efectúa de acuerdo con lo establecido en la NTC 4899.
7.10 DETERMINACIÓN DE COLORANTES
Se efectúa de acuerdo con lo establecido en las NTC 5568 o NTC 5569 o ambas.
7.11 DETERMINACIÓN DE PLOMO
Se efectúa de acuerdo a la AOAC 972.25 o AOAC 934.07.
8. EMPAQUE Y ROTULADO
8.1 EMPAQUE
El producto debe ser empacado en material grado alimenticio que asegure su conservación,
en las condiciones que exige el producto, de acuerdo con la clasificación indicada en el
numeral 3.2.
8.2 ROTULADO
8.2.1 El rótulo debe cumplir los requisitos establecidos en la NTC 512-1 o la regulación
vigente.
8.2.2 El rótulo debe cumplir los requisitos indicados en la NTC 512-2 o regulación vigente,
respecto a los aspectos nutricionales.
8.2.2 El nombre del producto se designará de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.3
de esta norma.
8.2.3 En el rótulo o etiqueta del producto o en la cara principal de exhibición, se debe incluir el
logo-símbolo de categoría, de acuerdo con el numeral 3.3.2 y Anexo B de esta norma.
8.2.4 La fecha de vencimiento para los productos cárnicos procesados cocidos no enlatados,
debe ser reportada, de acuerdo con lo establecido en la NTC 512-1 y con las regulaciones
vigentes.
8.2.5 Con el fin de garantizar la eliminación de Listeria monocytogenes en productos
procesados crudos se debe incluir en la etiqueta o rótulo la información de preparación o
cocción del producto, definido por el productor, según las características del producto y
posibles hábitos de consumo de su cliente de acuerdo con lo establecido en el Anexo A
(Normativo).
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Tabla 1. Aditivos de uso permitido en productos cárnicos procesados
Sustancia Ejemplos de funciones
tecnológicas
Cantidad máxima admisible y
restricción de uso
Ácido ascórbico, ascorbato de sodio
y eritorbato de Sodio
Aceleradores de curación,
disminuyen el contenido de nitritos
residuales.
BPM1)
Ácido cítrico y citrato de sodio Anticoagulante, acidificante,
antioxidante.
Sustancia GRAS2) - BPM.
Ácido láctico, lactato de sodio,
lactato de potasio
Conservantes naturales,
disminuyen la actividad del agua.
Sustancia GRAS - BPM siempre y
cuando se utilicen lactato.
Diacetato de Sodio Conservantes naturales,
disminuyen la actividad del agua
2,5 % fracción de masa máximo
como diacetato de sodio, en
productos en proceso. Sustancia
GRAS
BHA (Butilhidroxianisol) y BHT
(Butilhidroxitolueno)
TBHQ (Terbutilhidroxiquinona)
Antioxidantes Solo o en combinación 0,01 %
fracción de masa, máximo referido
al contenido de grasa, en productos
frescos.
Solo o en combinación 0,003 %
fracción de masa máximo en
productos deshidratados
Bromelina, fiscina, papaina y
enzimas proteolíticas de origen
fúngico
Ablandadores de carne. Las
carnes a las que se aplican deben
consumirse previo tratamiento
térmico por calentamiento.
BPM.
Metilpolisilicona Antiespumante 50 mg/kg, máximo en salmueras o
humos líquidos
Nitrato de sodio, nitrato de potasio Fijan el color de la mioglobina,
Participa en las reacciones de
color, actúan como fuente de nitrito
Únicamente en productos
madurados o fermentados o ambos.
Máximo 200 mg/kg residuales como
nitrito, incluyendo la dosificación de
ácido ascórbico, eritorbato o
ascorbato de sodio o los tres.
Nitrito de sodio, nitrito de potasio Participa en las reacciones de
color
200 mg/kg máximo en productos en
proceso incluyendo la dosificación
de ácido ascórbico, eritorbato o
ascorbato de sodio o los tres.
Polifosfatos como P2O5 Coadyuvan en la solubilización de
las proteínas cárnicas.
0,5 % sobre la masa cárnica
incluyendo la grasa.
Sorbato de potasio Inhibe el crecimiento de mohos y
levaduras
En soluciones del 2 % para ser
aplicadas por inmersión o
aspersión, sólo en forma externa.
Propilparabén Inhibe el crecimiento de mohos y
levaduras
En soluciones del 3,5 % para ser
aplicadas por inmersión o
aspersión, sólo en forma externa.
Glucona-delta-lactona Disminuye el pH, agente de
maduración, acidificación o
fermentación o las dos últimas,
acelera la formación de color.
0,8 % Fracción de masa en masa
fresca
1) BPM: Buenas Prácticas de Manufactura.
2) Sustancia GRAS: Sustancia reconocida como no riesgosa en inglés Generally Recognized as Safe.
Continúa...
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17
Tabla 1. (Final) Colorantes
Índice de color
Colorantes1
Colorantes naturales
Colour Index Clasificación Europea
No CEE
Antocianinas E163
Achiote o Anato, Bixina, Norbixina CI 75120 E160b
Azafrán, Crocina y Crocetina CI 75100
Caramelo:
Natural
Amónico
Sulfito amónico
Sulfito Cáustico
Carotenos CI 75130 E160a
Clorofila CI 75810
Cochinilla, Carmín y Ácido Carmínico CI 75470
Riboflavina y Riboflavina-5-fosfato de sodio
Rojo de Remolacha, betanina E162
Xantofilas
BPM*
Colorantes artificiales
Amarillo ocaso FCF o FDC Amarillo # 6 CI 15985 E110 100 mg/kg, máx.
Tartrazina o FDC amarillo # 5 CI 19140 E102 100 mg/kg, máx.
Índigo Carmín, Indigotina o FDC Azul # 2 CI 73015 E132 100 mg/kg max.
Verde # 3 CI 42053 100 mg/kg máx.
Amaranto o FDC Rojo # 2 CI 16185 E123 200 mg/kg máx.
Eritrosina o FDC Rojo # 3 CI 45430 E127 200 mg/kg máx.
Rojo cochinilla A o Punzó 4R CI 16255 E124 200 mg/kg máx.
Rojo allura AC o FDC Rojo # 40 CI 16035 E129 100 mg/kg máx.
1 Para modificar, conferir o intensificar el color.
* BPM para colorantes: cantidad de colorantes que se adiciona al alimento, que no debe exceder la mínima
requerida para lograr el propósito para el cual se permite adicionar dicho colorante.
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Tabla 2. Ingredientes de formulación para productos cárnicos procesados no enlatados
Sustancia Cantidad permitida
Azúcares
Cultivos iniciadores o cultivos de protección o ambos
Cuero o piel de cerdo o aves o ambos
Harina de cereales, de tubérculos o ambas
Almidones nativos, modificados de cereales o de tubérculos, o ambos
Proteínas de origen animal:
del cuero o piel
de la sangre
de la leche
del hueso
del huevo
Derivados de la leche:
suero de la leche deshidratado
leche en polvo
Proteínas de origen vegetal
Humos condensados
Gomas e hidrocoloides procedentes de algas, animales, microorganismos o
leguminosas
BPM
Tabla 3. Requisitos de composición y formulación para productos cárnicos cocidos
(excepto el chorizo cocido)
Premium Seleccionada Estándar
Parámetro*
% mín % máx % mín % máx % mín % máx
Proteína (N x 6,25), en fracción de masa 14 12 10
Grasa, en fracción de masa 28 28 28
Humedad más grasa, en fracción de masa 86 88 90
Almidón, en fracción de masa 3 6 10
Proteína no cárnica, en fracción de masa 3 3 6
* Los resultados obtenidos para cada parámetro se expresan en fracción de masa según el Sistema
Internacional de Unidades, S.I., anteriormente se usaba la notación % m/m pero esta no es aceptada en
el S.I. De acuerdo con el S.I., se expresa la fracción de masa del constituyente x , con el símbolo Wx.
Wx = mx /m
en donde
mx es la masa del constituyente x
m la masa total.
Esta cantidad se expresa frecuentemente en porcentaje, %; se usará el factor de conversión 1 % = 0,01.
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Tabla 4. Requisitos de composición y formulación para jamones cocidos y fiambres
Parámetro* Premium Seleccionada Estándar
% mín % máx % mín % máx % mín % máx
Proteína (N x 6,25), en fracción de masa 14 12 10
Grasa, en fracción de masa 6 10 10
Humedad, en fracción de masa 86 88 90
Almidón, en fracción de masa 3 5 7
Proteína no cárnica, en fracción de masa 1 3 6
* Los resultados obtenidos para cada parámetro se expresan en fracción de masa según el Sistema
Internacional de Unidades, S.I., anteriormente se usaba la notación % m/m pero esta no es aceptada
en el S.I. De acuerdo con el S.I., se expresa la fracción de masa del constituyente x , con el símbolo Wx.
Wx = mx /m
en donde
mx es la masa del constituyente x
m la masa total.
Esta cantidad se expresa frecuentemente en porcentaje, %; se usará el factor de conversión 1 % = 0,01.
Tabla 5. Requisitos microbiológicos para productos cárnicos procesados cocidos
Requisito n m M c
Recuento de aerobios mesófilos, UFC/g 3 - 100 000 1
Recuento de coliformes UFC/g 3 100 500 1
Recuento de Staphylococcus aureus coagulasa positiva, UFC/g 3 < 100 - -
Recuento de esporas Clostridium sulfito reductor, UFC/g 3 <10 100 1
Detección de Salmonella, /25 g 3 Ausencia - -
Detección de Listeria Monocytogenes, /25 g 3 Ausencia - -
Recuento de Escherichia Coli /g 3 < 10 - -
en donde
n = número de muestras que se van a examinar
m = índice máximo permisible para identificar nivel de buena calidad
M = índice máximo permisible para identificar nivel aceptable de calidad
c = número de muestras permitidas con resultados entre m y M.
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Tabla 6. Requisitos de composición y formulación para productos cárnicos procesados
crudos frescos (incluyendo el chorizo cocido)
Parámetro* Premium Seleccionada Estándar
% mín % máx % mín % máx % mín % máx
Proteína (N x 6,25), en fracción de masa 14 12 10
Grasa, en fracción de masa 40 40 40
Humedad más grasa, en fracción de masa 86 88 90
Almidón, en fracción de masa 1 5 8
Proteína no cárnica, en fracción de masa 0 3 6
* Los resultados obtenidos para cada parámetro se expresan en fracción de masa según el Sistema
Internacional de Unidades, S.I., anteriormente se usaba la notación % m/m pero esta no es aceptada
en el S.I. De acuerdo con el S.I., se expresa la fracción de masa del constituyente x , con el símbolo Wx.
Wx = mx /m
en donde
mx es la masa del constituyente x
m la masa total.
Esta cantidad se expresa frecuentemente en porcentaje, %; se usará el factor de conversión 1 % = 0,01.
Tabla 7. Requisitos microbiológicos para productos cárnicos procesados
crudos frescos congelados o no
Requisito n m M c
Recuento de Staphylococcus coagulasa positiva, UFC/g 3 100 300 1
Recuento de esporas Clostridium sulfito reductor, UFC/g 3 100 300 1
Detección de Salmonella spp, /25 g 3 Ausencia - -
Recuento de Escherichia coli, / g 3 100 400 1
en donde
n = número de muestras que se van a examinar
m = índice máximo permisible para identificar nivel de buena calidad
M = índice máximo permisible para identificar nivel aceptable de calidad
c = número de muestras permitidas con resultados entre m y M.
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Tabla 8. Requisitos de composición y formulación para productos cárnicos
procesados crudos madurados o fermentados
(excepto chorizo, salami, longaniza y salchichón madurados o fermentados )
Premium Seleccionada Estándar
Parámetro*
% mín % máx % mín % máx % mín % máx
Proteína (N x 6,25), en fracción de masa 28 24 18
Grasa, en fracción de masa 35 40 50
Humedad, en fracción de masa 35 38 40
Almidón, en fracción de masa 0 0 0
Proteína no cárnica, en fracción de masa 0 1 3
* Los resultados obtenidos para cada parámetro se expresan en fracción de masa según el Sistema
Internacional de Unidades, S.I., anteriormente se usaba la notación % m/m pero esta no es aceptada en el
S.I. De acuerdo con el S.I., se expresa la fracción de masa del constituyente x , con el símbolo Wx.
Wx = mx /m
en donde
mx es la masa del constituyente x
m la masa total.
Esta cantidad se expresa frecuentemente en porcentaje, %; se usará el factor de conversión 1 % = 0,01.
Tabla 9. Requisitos de composición y formulación para chorizo madurado o fermentado
Premium Seleccionada Estándar
Parámetro*
% mín % máx % mín % máx % mín % máx
Proteína (N x 6,25), en fracción de masa 22 20 18
Grasa, en fracción de masa 44 47 48
Humedad, en fracción de masa 46 51 51
Almidón, en fracción de masa 7 7,5 7,5
Proteína no cárnica, en fracción de masa 1 2 3
* Los resultados obtenidos para cada parámetro se expresan en fracción de masa según el Sistema
Internacional de Unidades, S.I., anteriormente se usaba la notación % m/m pero esta no es aceptada en
el S.I. De acuerdo con el S.I., se expresa la fracción de masa del constituyente x , con el símbolo Wx.
Wx = mx /m
en donde
mx es la masa del constituyente x
m la masa total.
Esta cantidad se expresa frecuentemente en porcentaje, %; se usará el factor de conversión 1 % = 0,01.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
22
Tabla 10. Requisitos de composición y formulación para salchichón, salami, longaniza,
madurados o fermentados
Premium Seleccionada Estándar
Parámetro*
% mín % máx % mín % máx %
mín % máx
Proteína (N x 6,25), en fracción de masa 22 20 18
Grasa, en fracción de masa 45 48 50
Humedad, en fracción de masa 41 43 45
Almidón, en fracción de masa 7,5 10 10
Proteína no cárnica, en fracción de masa 1 2 3
* Los resultados obtenidos para cada parámetro se expresan en fracción de masa según el Sistema
Internacional de Unidades, S.I., anteriormente se usaba la notación % m/m pero esta no es
aceptada en el S.I. De acuerdo con el S.I., se expresa la fracción de masa del constituyente x , con
el símbolo Wx.
Wx = mx /m
en donde
mx es la masa del constituyente x
m la masa total.
Esta cantidad se expresa frecuentemente en porcentaje, %; se usará el factor de conversión 1 % = 0,01.
Tabla 11. Requisitos microbiológicos para productos cárnicos procesados crudos madurados
o fermentados o acidificados o los dos o los tres.
Requisito N m M c
Recuento de coliformes /g 3 <10 200 1
Recuento de Staphylococcus aureus coagulasa positiva,
UFC/g
3 <100 - -
Recuento de esporas Clostridium sulfito reductor, UFC/g 3 <10 100 1
Detección de Salmonella, /25 g 3 Ausencia - -
Detección de Listeria monocytogenes, /25 g 3 Ausencia - -
Recuento de E coli /g 3 <10 - -
en donde
n = número de muestras que se van a examinar
m = índice mínimo permisible para identificar nivel de buena calidad
M = índice máximo permisible para identificar nivel aceptable de calidad
c = número de muestras permitidas con resultados entre m y M.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
23
ANEXO A
(Normativo)
ROTULADO PARA LA PREPARACIÓN O COCCIÓN DE
PRODUCTOS CÁRNICOS CRUDOS
A.1 El título “Instrucciones de preparación o cocción” debe ser en letra Tipo Arial o
Helvética, en un tamaño mínimo de 8 puntos, en negrilla, en caracteres legibles y en color
contrastante con el fondo.
A.2 La información del contenido de las Instrucciones de preparación o cocción debe ser en
letra Tipo Arial o Helvética, en un tamaño mínimo de 5 puntos, en negrilla, en caracteres
legibles y en color contrastante.
A.3 En las instrucciones de preparación o cocción, se deben definir en forma secuencial y
ordenada las actividades que se deben realizar para la cocción del producto cárnico,
incluyendo lo siguiente:
a) especificar que se trata de un producto totalmente crudo, por tanto, incluir la siguiente
frase: “Producto crudo. Consúmase bien cocido. Cocínelo mínimo a 72 °C en el centro
del producto”;
b) definir temperatura y condiciones de conservación;
c) definir método y tiempo de descongelación previo a su cocción;
d) garantizar que el o los métodos de cocción propuestos lleven el producto a una
temperatura interna mínima (72 °C), utilizando como variables tiempo, temperatura
(inicial y de cocción), características del producto (grosor, diámetro, tiempo de cocción
por cada lado);
e) definir condiciones de manejo para el producto ya preparado.
A.4 En las instrucciones de preparación o cocción se deben utilizar iconos o frases, o ambos,
que determinen las condiciones adecuadas para la “preparación o cocción” del producto. Los
iconos y frases deben ser claros, visibles, legibles, explicativos y en color contrastante.
Ejemplo de redacción apropiada de las instrucciones incluidas en el rótulo:
Recomendación Adecuado No Adecuado
Utilice la voz activa Conserve el producto congelado -15 °C a - 18 °C Asegúrese de que el producto
se conserve congelado.
Sea firme Se debe descongelar directamente en nevera
máximo 4 h.
Se debería descongelar en
nevera.
Utilice verbos de acción Ase el producto por cada lado durante 3 min para
lograr temperatura final de 72 °C.
Preparación de 3 min por cada
lado.
Hable directamente Consuma el producto después de preparado. Deberán consumir el producto
después de preparado.
A.5 Ubicación. Las instrucciones se deben declarar en un área visible, y equivalente a un 10 %
mínimo del área total del empaque.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
24
EJEMPLO Rótulo de instrucciones para la preparación o cocción de hamburguesa cruda.
Grosor de la hamburguesa: 8 mm
Producto Congelado
INSTRUCCIONES PARA LA PREPARACIÓN O COCCIÓN DEL PRODUCTO
Producto crudo, consumase bien cocido, cocine hasta mínimo a 72 °C en su interior.
Consérvese congelado entre - 15 °C y - 18 °C.
Se debe descongelar directamente en nevera máximo 4 h.
Ase la hamburguesa por cada lado durante 4 min a temperatura alta.
Consuma el producto inmediatamente después de preparado.
El tiempo y la temperatura pueden variar, dependiendo del equipo utilizado.
A continuación se encuentran ejemplos de los posibles iconos para usar:
Icono de conservación
Icono de conservación
Icono horno convencional
Icono horno convencional
Continúa...
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
25
(Final)
Icono horno microondas
Icono horno microondas
Icono cocción en parrilla
Icono cocción en parrilla
Icono de buenas prácticas de higiene
Icono de tiempo
Icono de cocción en sartén
Icono de cocción en sartén
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
26
ANEXO B
(Normativo)
ROTULADO DE CATEGORÍA
El logosímbolo de cada categoría debe cumplir con el diseño que se indica en el manual de
aplicación de cada una de las categorías y debe ser reproducido según copia magnética del
logosímbolo por usar.
La copia magnética de los logosímbolos por usar se deben solicitar al correo electrónico:
cliente@icontec.org
A continuación se presentan los manuales de cada una de las categorías:
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
27
B.1 MANUAL DE APLICACIÓN DEL LOGOSÍMBOLO CATEGORÍA ESTÁNDAR
Lineamiento técnico
C=
M=
Y=
K=
0
11
51
100
PANTONE BLACK.
Color
Aplicaciones no permitidas
Modificación del logosímbolo
en sus proporciones
Alteraciones
cromáticas
Eliminación
de elementos
Alteración
tipográfica
Alteración del orden de
los elementos
IMPORTANTE:
El diseño del logosímbolo de la categoría estándar de productos cárnicos
contenido en este manual no podrá ser modificado en su utilización por parte
del titular. Los cambios y uso indebido serán motivo de incumplimiento de la
NTC 1325 (quinta actualización). Industrias alimentarias, productos cárnicos
procesados no enlatados.
La dimensión mínima del logosímbolo será
de 1,5 cm y máximo 4,0 cm , para
que no afecte su legibilidad en la escala de
reducciones y ampliaciones, siempre debe
conservar sus proporciones.
de ancho
El logosímbolo debe ser
usado únicamente sobre un fondo de color
blanco. La composición cromática del
de la categoría estándar
Variación en tamaño del logosímbolo
La tipografía utilizada es la , en su versión normal, Times en color blanco
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
28
B.2 MANUAL DE APLICACIÓN DEL LOGOSÍMBOLO CATEGORÍA SELECCIONADO
El logosímbolo de la categoria seleccionado
debe ser usado únicamente sobre un fondo de
color blanco. La composición cromática del
C=
M=
Y=
K=
100
72
0
38
PANTONE 281.
Aplicaciones no permitidas
Modificación del logosímbolo
en sus proporciones
Alteraciones
cromáticas
Eliminación
de elementos
Alteración
tipográfica
Alteración del orden de
los elementos
IMPORTANTE:
El diseño del logosímbolo de la categoría selecionado de productos cárnicos
contenido en este manual no podrá ser modificado en su utilización por parte
del titular. Los cambios y uso indebido serán motivo de incumplimiento de la
NTC 1325 (quinta actualización). Industrias alimentarias, productos cárnicos
procesados no enlatados.
Variación en tamaño del logosímbolo
La dimensión mínima del logosímbolo será
de 1,5 cm y máximo 4,0 cm , para
que no afecte su legibilidad en la escala de
reducciones y ampliaciones, siempre debe
conservar sus proporciones.
de ancho
Lineamiento técnico
Color
La tipografía utilizada es la , en su versión normal, Times en color blanco
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
29
B.3 MANUAL DE APLICACIÓN DEL LOGOSÍMBOLO CATEGORÍA PREMIUM
Variación en tamaño del logosímbolo
La tipografía utilizada es la , en su versión normal, Times en color blanco
C=
M=
Y=
K=
0
34
72
30
PANTONE 4645
Aplicaciones no permitidas
Modificación del logosímbolo
en sus proporciones
Alteraciones
cromáticas
Eliminación
de elementos
Alteración
tipográfica
Alteración del orden de
los elementos
IMPORTANTE:
El diseño del logosímbolo de la categoría premium de productos cárnicos
contenido en este manual no podrá ser modificado en su utilización por parte
del titular. Los cambios y uso indebido serán motivo de incumplimiento de la
NTC 1325 (quinta actualización). Industrias alimentarias, productos cárnicos
procesados no enlatados.
El logosímbolo de la categoría premium debe
ser usado únicamente sobre un fondo de color
blanco. La composición cromática del
La dimensión mínima del logosímbolo será
de 1,5 cm y máximo 4,0 cm , para
que no afecte su legibilidad en la escala de
reducciones y ampliaciones, siempre debe
conservar sus proporciones.
de ancho
Lineamiento técnico
Color
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
30
ANEXO C
(Informativo)
BIBLIOGRAFÍA
Se indica la información normativa y reglamentaria que pueda ser de utilidad para apoyar la
implementación de esta norma.
[1] López, M. Carmen, Huerta, Raquel, Toledano, Antonia, Medina, Luis, Jordano, Rafael,
Productos cárnicos fermentados: elaboración y consumo. Córdoba. Eurocarne, 1999,
Julio - Agosto.
[2] Guía ISO-IEC 37, Guía de instrucciones para el uso de productos de interés para el
consumidor.
[3] MERCOSUR. Resolución N° 14/93. 1993.
http://cancilleria.gov.ar/comercio/mercosur/normativa/resolucion/1993/res14
[4] Pérez, Dany y Andujar, Gustavo. Cambios de coloración de los productos cárnicos.
Revista Cubana Aliment Nutr, 2000, 14 (2) p. 114-23.
[5] Gregerson, John. Safety Rules. Meat Markenting technology journal. 2005. p. 16-28.
[6] Molina, Silvia; Carrascal, Ana, y Mercado, Marcela. Efecto de la temperatura y tiempo
de cocción sobre la Listeria monocytogenes inoculada artificialmente en hamburguesas,
chorizos y longanizas. 2005. Pontificia Universidad Javeriana. Facultad de Ciencias.
[7] Denominación de origen, productos cárnicos procesados fermentados o madurados.
http://www.salumi-italiani.it
[8] Salchichas, http://labs.ansci.uiuc.edu/meatscience/Library/sausages.htm
[9] Ortega, Teresa. Conociendo a Listería para proteger a la carne procesada. Carne Tec.,
2009, Noviembre Diciembre.
[10] CAC/GL 14:1991, Guía para la calidad microbiológica de las especias y hierbas
aromáticas utilizadas en los productos cárnicos elaborados.
[11] CAC/RCP 58:2005, Código de Prácticas de higiene para la carne.
[12] CAC/GL 61:2007, Directrices sobre la aplicación de principios generales de higiene de
los alimentos para el control de listeria monocytogenes en los alimentos.
[13] DECISIÓN 486 Régimen Común sobre Propiedad Industrial. La comisión de la
Comunidad Andina.
[14] SIS Rule Designed To Reduce Listeria Monocytogenes in Ready-To-Eat Meat And
Poultry Products, http://www.fsis.usda.gov/home/index.asp
[15] National Food Safety Programs, http://www.cfsan.fda.gov/
"http://www.cfsan.fda.gov/~mow/intro.html".
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
31
[16] CAC/GL 21:1997, Principles for the Establishment and Application of Microbiological
Criteria for Foods.
[17] The European Food Information Council http://www.eufic.org/index/en/?lowres=1
[18] Educating consumers about safe food handling. http://www.fightbac.org/
[19] Cornell university. http://www.nysaes.cornell.edu/necfe/glossary.html
[20] Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica. Disposición
2227/98, Especialidades medicinales. 1998.
[21] http://infoleg.mecon.gov.ar/
[22] Atehortúa, Marcela, et al. Uso de colorantes artificiales aprobados para alimentos en
productos cárnicos elaborados en Colombia. 1997.
[23] Bueno José. Colorantes. Mundivia.
http://personales.mundivia.es/josebueno/Colorantes.html
[24] Center for Food Safety and Applied Nutrition. Food Ingredients and Packaging.
Summary of color Additives Listed for Use in the United States in foods, Drugs,
Cosmetics, and Medical Devices. 2004. http://www.cfsan.fda.gov/~dms/opa-col2.html
[25] JECFA Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios. Base de datos
sobre aditivos alimentarios (con excepción de los utilizados como aromatizantes).
http://apps3.fao.org/jecfa/additive_specs/foodad-r.jsp
[26] La Cocina de Pasqualino Marchese. Los Colorantes. 2004.
http://www.pasqualinonet.com.ar/Colorantes.html
[27] Ministerio de Salud y Consumo, España, Orden SCO/4223/2204. 2004.
[28] Ministerio de Salud, Colombia. Resolución 10593. 1985.
[29] Pérez, Mayra y Becerra, Rosalía. El Achiote. 2003.
http://www.conabio.gob.mx/institucion/conabio_espanol/achiote.html
[30] Puleva Salud. Colorantes Artificiales. 2002. http://www.pulevasalud.com/impresion.jhyml
[31] Rodríguez M, Martha Catalina. El Color en los alimentos. Barcelona, UAB, 2002.
http://www.consumaseguridad.com/web/es/investigacion/2002/10/093639_print
[32] House Rules Temperature Control Cook. Safe Food Safety Assurance System Issue 1.1,
July 2005.
[33] Alinorm 05/28/13 Apéndice II Reunión de Julio de 2005. Informe de la 37a reunión del
comité de Codex Alimentarius sobre Higiene de los alimentos.
[34] CODEX STAN 228-2001, Métodos de análisis generales para los contaminantes.
[35] CODEX STAN 234-1999, Métodos de análisis y de muestreo recomendados. Primera
parte. Métodos de análisis y de muestreo en orden alfabético de las categorías y de los
nombres de los productos.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1325 (Quinta actualización)
32
[36] Safe and Suitable Ingredients Used in the Production of meat and Poultry Products,
7120.1, Amend 8. Food Safety and Inspection Service Washington, United States
Department of Agriculture.
[37] CODEX STAN 193-1995 (Rev.2-2006), Norma General del Codex para los
contaminantes y las toxinas presentes en los alimentos.
[38] Jiménez Z. Ana Isabel. ¿Qué asocia el consumidor a la denominación de origen?: la
imagen como factor clave en la competitividad de las empresas agroalimentarias.
Revista de Desarrollo Rural y Cooperativismo Agrario (2002).
http://www.mapya.es/es/alimentacion/pags/Denominacion/consulta.asp
[39] Los sellos de calidad en alimentos: el caso de la Unión Europea y Francia. Elaborado
por María Teresa Oyarzún. 2001.
[40] Reglamento (CEE) No. 2081/92 del Consejo, de 14 de julio de 1992, relativo a la
protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los
productos agrícolas y alimenticios.
[41] Gómez L. María del Mar. Denominaciones de origen y otras indicaciones geográficas.
Thomson Aranzadi. Navarra, 2004.
[42] López B. Mariano. Las Denominaciones de Origen. Cedecs Editorial, Barcelona 1996.
[43] Llorente, Miguel. La fuerza de la diferencia: la denominación de origen, un instrumento
para el desarrollo. Ediciones La Val de Onsera. Huesca, 2001.
[44] Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación. Alimentos de España: Denominaciones
de origen y de calidad. Madrid, 1995.
http://agro.gov.vn/images/2007/06/7049_HEAT.doc
[45] USDA, Export Requirements for Japan.
http://www.fsis.usda.gov/Regulations/Japan_requirements/index.asp#Poultry
[46] Vietnam. Food and Agricultural Import Regulations and Standards. Meat and Meat
Products Standards, 2004, Gain Report, USDA.

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